• Sepa cuáles son las reglas para que las trabajadoras puedan amamantar

    Expertos destacan que es un derecho irrenunciable y que se extiende a los padres que tengan la tuición de los niños hasta los dos años. Ojo, porque puede pedir una compensación si no hay una sala cuna cerca de su oficina y casa.

    Michael Seguel P.

    Pensando en todas aquellas futuras mamás que no tienen 100% claros cuáles son sus derechos de amamantamiento en sus recintos de trabajo, hoyxhoy consultó a expertos para que ya no les quepa ni la más mínima duda.

    "Todos los trabajadores, independientemente de si la empresa en que están tiene o no sala cuna, pueden dedicar al menos una hora de su jornada laboral para la alimentación de su hijo", afirma Felipe Rodríguez, abogado laboral de Grupo Cygnus.

    Se trata de un derecho válido para mamás con niños menores de dos años, que los expertos consultados detallan.

    Las madres

    El Director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, explica que, de acuerdo a la legislación actual, "este derecho puede ser ejercido en cualquier momento dentro de la jornada de trabajo".

    Peñaloza dice que esto se puede aplicar de la siguiente forma: "Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la jornada de trabajo".

    Ojo que la ley indica que "para todos los efectos legales, el tiempo utilizado se considerará como trabajado". Y atención, porque este es un derecho irrenunciable.

    De acuerdo a la ley, "las empresas que ocupan 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil deberán tener salas anexas e independientes del local de trabajo en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo".

    Ahora bien, Rodríguez recalca que esto no quita la potestad de que las mamás "con su hijo menor de dos años, amamanten en su puesto de trabajo".

    Tiempo de traslado

    En el sitio web de la Biblioteca del Congreso Nacional se establece que "en caso que la madre deba desplazarse (para amamantar), el horario se ampliará lo necesario para su viaje de ida y vuelta".

    De acuerdo a la legislación, "el empleador pagará el valor de los pasajes por el transporte que deba emplearse para la ida y regreso del menor al respectivo establecimiento".

    Los expertos coinciden en que esto debe estar establecido entre empleado y jefatura, tanto para mujeres y hombres.

    Ojo, porque en el caso de que usted considere muy poco el tiempo de traslado para amamantar, el lapso de amamantamiento y regreso al trabajo puede extenderse.

    Solo podrán exigir la ampliación del permiso para dar alimento las madres trabajadoras que prestan servicios para empresas que deben mantener sala cuna y en la medida en que efectivamente lleven a sus hijos al establecimiento, pero no aquellas que lo dejan en su hogar o en otro sitio.

    Bonificación

    Rodríguez menciona que "en el caso de que no existan salas cunas autorizadas -por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji)- cerca de la empresa o del domicilio de la trabajadora, se puede solicitar autorización a la Dirección de Trabajo para otorgar un bono compensatorio del beneficio".

    Para acceder a esta bonificación, el trabajador debe presentar ante la Dirección del Trabajo su contrato, certificado de nacimiento del menor y documentación que avale lo señalado en su solicitud, es decir, que efectivamente no hay un establecimiento que cumpla con los requisitos para que cuide al menor.

    El padre

    Los expertos destacan que para poder traspasar los derechos al progenitor del menor lo clave es la tuición. El beneficio se extiende para los padres trabajadores que tengan la tuición de un menor de edad de hasta dos años. Ojo, porque opera el mismo marco que para una mujer trabajadora.

    La decisión de que el padre se haga cargo debe ser acordada por ambos padres trabajadores, comunicada por escrito a sus respectivos empleadores con 30 días de anticipación, con un documento escrito firmado por padre y madre.

    Ojo, porque se tendrá que enviar copia a la Inspección del Trabajo respectiva.

    Mauricio Peñaloza sentencia que el derecho se extiende a quienes tengan la tuición de un menor por sentencia judicial, bajo la Ley de Adopción, o como medida de protección de acuerdo a la Ley de Menores.

    "Este derecho puede ser ejercido en cualquier momento de la jornada de trabajo.

    mauricio peñaloza, director del trabajo"

    el derecho es válido para todas las madres con niños menores de dos años.

    las empresas con más de 20 trabajadoras deben tener salas donde éstas puedan alimentar a sus hijos.

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