• ¿Quién debe pagar los gastos comunes?

    Expertos de distintas áreas debaten sobre quién debe cancelar los servicios por la mantención de las áreas comunes de un edificio o condominio. Pese a ley, unos dicen que es responsabilidad exclusiva del dueño y otros que depende del Reglamento de Copropiedad.

    Jorge Reyes Patuelli

    Lo habitual es que quien arrienda un departamento o casa de condominio asuma que es el responsable de pagar los gastos comunes. Sin embargo, la norma es ambigua y poco apelada deja abierta la duda: ¿el encargado debe ser el arrendatario o el propietario? Este medio consultó a expertos en la materia.

    Desde la compañía inmobiliaria Nai Sarrá plantean que dichos costos deberían correr por cuenta del dueño, ya que son los beneficiarios directos de las mejoras y mantenciones de la propiedad. Jaime Sarrá, director general de la empresa asesora, explica que "si bien la ley 19.537 (Ley de Copropiedad) ampara a los arrendatarios respecto a los pagos de los gastos comunes, en la práctica no se cumple. Siempre se llega a un acuerdo entre las partes".

    Los gastos comunes se dividen en dos: ordinarios y extraordinarios. Los primeros corresponden al gasto de la administración (remuneraciones del personal de servicio, conserje, administrador, entre otros); mantención (necesarios para el mantenimiento de los bienes de dominio común, tales como revisiones periódicas de orden técnico, aseo, instalación de maquinarias, luminarias, ampolletas y útiles necesarios para la mantención y aseo del condominio o edificio); reparación (arreglo de desperfectos o deterioros de los bienes de dominio común); y el uso o consumo (servicios colectivos como agua potable, gas, energía eléctrica, entre otros). Los extraordinarios son los que equivalen una inversión de dominio común. Mejoras como pintar el edificio, ascensor nuevo, entre otros.

    Según el Manual del Copropietario, del Minvu, los gastos comunes "deben ser pagados por todos lo copropietarios en la proporción que fija el Reglamento de Copropiedad".

    Sin embargo, un abogado experto en la materia dijo a hoyxhoy que "en el contrato de arriendo, el propietario tiene que decidir si el arrendatario los paga. No está definido quién tiene que pagarlo. Al edificio tienen que pagarle los gastos comunes, punto (...) En algunos casos hay gente que arrienda departamento, que saca la cuenta de los gastos comunes, los incluye y los pagan ellos. No es problema del Reglamento de Copropiedad. El reglamento no puede establecer que lo pague solo. A la comunidad le interesa que le paguen los gastos comunes para funcionar. Si no le paga el arrendatario, a la larga lo tiene que pagar el propietario".

    David Peña, gerente comercial de ComunidadFeliz, que se preocupa de ordenar datos de la administración de edificios y condominios a través de un software, explicó a este medio que "según nuestros análisis de la ley, nosotros indicamos que las deudas de los gastos comunes están asignadas a las propiedades. Entonces cualquier persona que sea dueña de la propiedad tiene la obligación de pagar el gasto común".

    "Si es que un Reglamento de Copropiedad viola lo que dice la ley, un copropietario está en todo su derecho de acudir al Juzgado de Policía Local y hacer que le condonen la totalidad de la deuda por concepto de usura", dijo.

    ¿y si no los cancelan?

    Según explica el Manual del Copropietario del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuando el problema es que uno de los vecinos no ha pagado los gastos comunes, el comité siempre que esté facultado en el Reglamento de Copropiedad, podrá solicitar que se corte la luz al copropietario que tiene la deuda. Esto solicitándolo a la empresa que suministra energía cuando éste no haya pagado los gastos comunes durante tres meses.

    el reglamento de Copropiedad es un documento que contiene normas entre vecinos.

  • Vitacura tendrá la primera plaza con "iluminación inteligente" de la región

    Desde 2017 la Plaza Turquía operará con sistema de administración remota de luces.

    F.G.

    A partir de 2017, Vitacura se convertirá en la primera comuna de la Región Metropolitana en contar con plazas con un sistema de iluminación inteligente. Una vez que concluya el proceso de licitación por etapas -que en primera instancia ya fue adjudicada a la empresa SECE Agencia Chile- se recambiarán 160 luminarias modelo Stylage de 32 LED 75 en 11 plazas: Colombia, Corte de Apelaciones, Honduras y Raúl Deves Julián, entre otras.

    Por ahora, las plazas Turquía y Zaire ya cuentan con nuevas luminarias LED y en enero tendrán incorporado un sistema de administración remota de las luces, también llamado "telegestión", que será programada por encargados municipales en función de los niveles de circulación de personas o vehículos. Este sistema permite además tener eficiencia energética y mayores niveles de iluminación, aumentando la percepción de seguridad, según indican expertos

    Desde SECE Agencia Chile explican que se trata de "un sistema de iluminación a la carta y que garantiza la seguridad y comodidad para todos los usuarios, junto a un ahorro energético de hasta un 75%".

    11 plazas de Vitacura podrán contar con este sistema de iluminación inteligente en 2017

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